Uruguay: Expertos expresan preocupación por decisiones de Suprema Corte
La máxima instancia judicial de Uruguay ha declarado la inconstitucionalidad de los artículos 2 y 3 de la Ley de Interpretación de la Ley de Caducidad de 2011, que permitían la investigación de los delitos cometidos por oficiales de las fuerzas armadas y policiales durante el gobierno militar.
Los expertos de la ONU sostuvieron que los Estados tienen la responsabilidad de cumplir con sus obligaciones de investigar y juzgar a los responsables de las atrocidades que constituyan crímenes conforme al derecho internacional, con el fin de acabar con la impunidad, y que dichos crímenes no estén sujetos a prescripción, cualquiera sea la fecha en que se hayan cometido.
Por su parte, el Grupo de Trabajo sobre las desapariciones forzadas o involuntarias señaló que “todo acto de desaparición forzada se debe considerar delito permanente mientras sus autores continúen ocultando la suerte y el paradero de la persona desaparecida y mientras no se hayan esclarecido los hechos”.