CICIG insta a la mesura ante campaña con fines de incidencia en juicio a Ríos Montt

CICIG insta a la mesura ante campaña con fines de incidencia en juicio a Ríos Montt

Mapa de Guatemala
La Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) expresó preocupación por la campaña que se lleva a cabo en ese país con fines de incidencia en el juicio al ex mandatario Efraín Ríos Montt por genocidio, e instó a la mesura a la sociedad guatemalteca.

Ríos Montt, un militar de carrera de 86 años, estuvo en el poder del 23 marzo de 1982, tras un golpe de Estado, hasta el 8 de agosto de 1983, cuando fue derrocado por su ministro de Defensa.

Durante ese periodo, se le imputa la matanza de 1.771 indígenas ixiles a manos del ejército en el marco de la guerra civil de Guatemala, que se extendió de 1960 a 1996.

La CICIG recordó que si los crímenes se cometieron o no y si el imputado es culpable o inocente, es una decisión que compete exclusivamente al tribunal que conoce de la causa.

“Los jueces deben resolver libres de cualquier amenaza, pues la independencia judicial es un derecho humano, en este caso del imputado y de quienes se sienten víctimas y llevan su pretensión de castigo ante la justicia”, apuntó la Comisión en un comunicado.

La CICIG se refirió a la campaña de espacios publicitarios pagados, suplementos y declaraciones en medios audiovisuales, que tiene la intención de incidir en la decisión judicial para lograr una sentencia absolutoria.

Citó en particular un desplegado publicado en un periódico el 16 de abril pues entre los firmantes se incluyen algunas figuras que en otro momento enarbolaron la bandera de los derechos humanos y gozaron de la confianza de la comunidad internacional, entre ellos Eduardo Stein, Gustavo Porras, Raquel Zelaya y Adrián Zapata.

Con sus firmas advierten del “[...] peligro inminente de que la violencia política reaparezca [...]”, caso “de consumarse” una sentencia condenatoria”.

La CICIG señaló que ésta es una injustificable amenaza contra el tribunal y recordó que el proceso debe avanzar sin injerencias que coarten la independencia de los jueces.

“Será a posteriori, de verificarse errores judiciales de fondo o de forma, si se absuelve o si se condena, que las partes podrán impugnar la sentencia y objetarla ante instancias jurisdiccionales superiores como lo ordena la ley”, puntualizó la Comisión.